Indemnizaciones a testigos en procedimientos penales en Asturias: Guía práctica para entender tus derechos

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Como abogado especializado en derecho penal en Oviedo, he lidiado con innumerables casos donde los testigos son capitales en el desarrollo de un procedimiento. Imagina que te citan a declarar en un juicio oral y, de repente, te encuentras calculando no solo el tiempo perdido, sino también los euros que se escapan de tu bolsillo por desplazamientos o aparcamientos. En Asturias, esta situación es más común de lo que parece, y entender las indemnizaciones a testigos en procedimientos penales puede marcar la diferencia entre recuperar lo justo o quedarte con las manos vacías.

En este artículo exploraremos los fundamentos legales que rigen estas compensaciones, basándonos en la normativa vigente, para que, si alguna vez te toca comparecer, sepas exactamente qué esperar y cómo reclamarlo.

El punto de partida es el artículo 375 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que se aplica supletoriamente en el ámbito penal. Este precepto establece que los testigos que acuden a la citación tienen derecho a una indemnización por los gastos y perjuicios causados por su comparecencia, a cargo de la parte que los propuso. Si varias partes coinciden en proponer al mismo testigo, el importe se prorratea entre ellas. En mi práctica diaria en los tribunales de Asturias, he visto cómo esta norma actúa como un salvavidas para muchos/as, aunque su aplicación no siempre es tan generosa como uno desearía.

El Letrado de la Administración de Justicia fija el importe mediante decreto, considerando los datos aportados, y se dicta una vez finalizado el juicio o la vista. Si no pagan en diez días tras la firmeza, el testigo puede ir directamente al apremio, lo que acelera las cosas considerablemente.

Pero en Asturias, no todo se reduce a la LEC; hay que atender a regulaciones autonómicas que afinan el tiro. La resolución de 12 de mayo de 2009 de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad detalla el procedimiento para el pago de indemnizaciones a testigos, peritos e intérpretes en procedimientos penales. Esta norma es clave en mi experiencia defendiendo casos en Avilés u Oviedo, donde los desplazamientos entre ciudades como estas pueden sumar kilómetros rápidamente. Por ejemplo, por cada kilómetro recorrido en vehículo propio, se reconoce 0,21 euros, aunque esta cifra se actualiza a 0,26 euros según la Dirección General de Tráfico (DGT). Es un ajuste que, en la práctica, refleja la inflación en los costes de combustible, algo que aprecio porque hace el sistema un poco más realista.

Ahora bien, no todo gasto es indemnizable, y aquí es donde muchos tropiezan. En casos que he manejado, como aquellos involucrando testigos-peritos en juicios orales, he notado que conceptos como el aparcamiento no entran en la ecuación, según la resolución autonómica. Es casi cómico pensar en cómo, en una ciudad como Oviedo con su tráfico caótico, uno podría esperar reembolso por ese euro extra en el parking, pero la norma es clara: no procede. Esto se debe a un enfoque racional que prioriza los costes directos y medibles, evitando abusos. Aplicado a escenarios hipotéticos, si un testigo recorre 68,7 kilómetros ida y vuelta desde Oviedo a Avilés, la indemnización se limitaría estrictamente a ese cálculo kilométrico, resultando en algo alrededor de 17,86 euros, sin extras.

Otro aspecto delicado son los jornales dejados de percibir. La resolución de 2009 limita este derecho a trabajadores autónomos o miembros de cooperativas de trabajo asociado. En mi trayectoria como letrado en Asturias, he asesorado a empleados públicos que, al ser citados, reclaman por una mañana perdida en el tribunal, solo para descubrir que no califican. Por ejemplo, un médico del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) no entraría en esta categoría, ya que su estatus como funcionario excluye la compensación por salarios. Es una distinción que, aunque lógica desde el punto de vista presupuestario, puede generar frustración.

En un caso hipotético, si un autónomo de Gijón es citado en Oviedo y pierde una jornada de 176 euros, podría reclamarlo aportando documentación como nóminas o facturas, pero un empleado por cuenta ajena en el sector público se quedaría fuera.

Reclamación de indemnizaciones a testigos en Oviedo: Pasos esenciales y consejos prácticos

En la práctica penal asturiana, el proceso de reclamación inicia con un escrito al tribunal, detallando los conceptos y aportando pruebas. Como abogado en Oviedo, siempre insisto a mis clientes en la importancia de documentar todo: facturas de combustible, tickets de parking (aunque no procedan) y certificados laborales.

El decreto del Letrado de la Administración de Justicia resuelve, y contra él cabe recurso de reposición en cinco días. Esta vía es útil en disputas sobre importes, donde he logrado ajustes basados en interpretaciones precisas de la norma. Para un testigo en un procedimiento abreviado, por ejemplo, el enfoque debe ser eficiente: presentar la solicitud post-juicio y esperar el prorrateo si hay múltiples partes.

Considerando aplicaciones reales, en procedimientos penales donde intervienen testigos-peritos, la indemnización se calcula con rigor. La LEC en su artículo 375 subraya que el importe se fija atendiendo a datos aportados, lo que abre la puerta a negociaciones informales antes del decreto. En Asturias, la resolución de 2009 añade capas, como la exclusión de ciertos gastos para mantener el equilibrio fiscal.

Imaginad un escenario hipotético: un intérprete autónomo viaja desde Luarca a Oviedo para un juicio, recorriendo distancias considerables; su reclamación por kilómetros sería viable, pero no por tiempo perdido si no encaja en las categorías permitidas. Es como un baile jurídico donde cada paso cuenta, y un mal cálculo puede dejarte fuera de ritmo.

Desde mi perspectiva profesional, tras analizar estos fundamentos, opino que la normativa actual, aunque protectora, peca de restrictiva en cuanto a los empleados públicos. En un sistema donde la colaboración ciudadana es esencial para la justicia, excluir categorías enteras de la compensación por jornales podría desincentivar comparecencias. Deberíamos abogar por una actualización que incluya a más perfiles, quizás alineándola con realidades laborales modernas como el teletrabajo. No es solo cuestión de euros; es de equidad. En Asturias, con sus distancias rurales, esto cobra especial relevancia.

Normativa sobre gastos de desplazamiento en procedimientos judiciales en Asturias

Profundizando en los gastos de desplazamiento, la resolución autonómica fija el kilómetro a 0,26 euros, un estándar que he aplicado en múltiples decretos revisados en mi despacho en Oviedo. No incluye aparcamiento, lo que en ciudades congestionadas como la nuestra puede sumar ironía: pagas por declarar la verdad, pero no por donde dejas el coche. En casos hipotéticos, un testigo de Cangas del Narcea acudiendo a Avilés calcularía solo el trayecto, excluyendo extras. Esta precisión evita litigios innecesarios, pero requiere asesoramiento experto para maximizar lo reclamable.

En resumen, las indemnizaciones a testigos en procedimientos penales asturianos son un mecanismo esencial para fomentar la participación cívica, regulado por el artículo 375 LEC y la resolución de 2009. Como letrado con años en la trinchera judicial, recomiendo siempre consultar con un profesional antes de reclamar, para evitar sorpresas. En Jesús Martínez Junceda Abogados estamos a tu disposición.

Si estás en Oviedo o Asturias y te enfrentas a una citación, recuerda: el conocimiento de estos derechos no solo te compensa económicamente, sino que fortalece el sistema entero. Y quién sabe, quizás en el próximo decreto, incluyan ese café que tomas mientras esperas en el tribunal – aunque, por ahora, eso sigue siendo ciencia ficción jurídica.

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📧​ info@martinezjunceda.es

Imagen de Jesús Martínez Junceda

Jesús Martínez Junceda

Colegiado núm. 7.012 ICAO
Abogado titular del despacho.
Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo.
Ganador del Premio «Amadeu Maristany» de Oratoria, del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
Autor de diversos libros y publicaciones sobre diversas materias del Derecho y colaborador habitual en revistas de reconocido prestigio de su especialidad.

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Abogado titular del despacho.
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