Denuncia por daños y perjuicios

Reclamaciones de daños

El derecho de daños es una rama del derecho que permite reclamar una compensación económica por los perjuicios sufridos debido a la actuación o inacción de otra persona, una empresa o la Administración Pública. Dentro de este ámbito, se distinguen dos grandes tipos de responsabilidad:

  • Responsabilidad civil: se aplica cuando un particular, empresa o entidad privada causa un daño por acción u omisión (por ejemplo, un accidente de tráfico, negligencia médica, productos defectuosos, incumplimiento contractual, etc.).
  • Responsabilidad patrimonial de la Administración: permite reclamar a la Administración Pública cuando un ciudadano sufre un daño derivado del mal funcionamiento de los servicios públicos.

En nuestro despacho en Oviedo, ofrecemos asesoramiento y representación legal en reclamaciones de daños en Asturias, tanto en el ámbito privado como en el administrativo, asegurando la defensa de los derechos de nuestros clientes.

I. Responsabilidad Civil

¿Cuándo se puede reclamar por responsabilidad civil?
    • Cuando una persona sufre un daño causado por negligencia, imprudencia o incumplimiento de una obligación por parte de otra persona o empresa.
    • Responsabilidad civil contractual: cuando el daño deriva del incumplimiento de un contrato (por ejemplo, una constructora que no entrega una obra a tiempo causando pérdidas económicas).
    • Responsabilidad civil extracontractual: cuando el daño se produce sin que exista una relación contractual (por ejemplo, un accidente de tráfico o una caída por mal estado de la vía pública).
    • Accidentes de tráfico.
    • Negligencias médicas.
    • Daños por productos defectuosos.
    • Incumplimiento de contratos.
    • Responsabilidad civil en el ámbito empresarial.
    • Caídas y lesiones en establecimientos comerciales o en la vía pública.
    • Daños materiales.
    • Daños personales (lesiones, secuelas, fallecimiento).
    • Daño moral (angustia, sufrimiento).
    • Lucro cesante (pérdidas económicas derivadas del daño).
    • Informes médicos y periciales.
    • Testimonios de testigos.
    • Facturas y presupuestos de reparación.
    • Informes de expertos en el caso de productos defectuosos o negligencias.

II. Responsabilidad Patrimonial de la Administración

¿Cuándo se puede reclamar a la Administración Pública por daños?

Cuando un ciudadano sufre un daño como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de un servicio público, por ejemplo:

        • Caídas en aceras o vías en mal estado.
        • Daños por falta de mantenimiento de infraestructuras públicas.
        • Errores en asistencia sanitaria pública.
        • Retrasos injustificados en la tramitación de procedimientos administrativos que generan un perjuicio.
      • Debe existir un daño real y evaluable.
      • El daño debe ser imputable a la Administración Pública.
      • No debe existir una obligación legal de soportar el daño por parte del afectado.
    • Se debe presentar una reclamación administrativa previa explicando los hechos y aportando pruebas del daño sufrido.
    • Si la Administración no responde o rechaza la reclamación, se puede acudir a la vía judicial mediante un procedimiento contencioso-administrativo.
      • 1 año desde que se produjo el daño o desde que se tuvo conocimiento del mismo.
  • En algunos casos es obligatorio (por ejemplo, en demandas civiles superiores a 2.000 euros o en procedimientos contra la Administración), pero siempre es recomendable para asegurar una estrategia legal sólida y aumentar las probabilidades de éxito en la reclamación.

Áreas de Reclamación de Daños en Oviedo y Asturias

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